El estudio acústico resulta de aplicar cualquier método que permita calcular, estimar o medir la calidad acústica y los efectos de la contaminación acústica derivada y los valores de cumplimento asociado.
¿Cuál es el procedimiento?
Se recomienda la realización de una sonometría previa para poder conocer los valores actuales de aislamiento del local (esta prueba tienen un coste de entre 400-600 €) y nos permitirá optimizar la solución a proponer en el estudio acústico.
Una vez obtenidos estos datos, se deberá realizar un estudio de la sensibilidad acústica del local y la actividad para poder proponer una solución adaptada a las necesidades y los valores de cumplimiento.
Valores de cumplimiento
El perito puede ser contratado de parte en defensa propia o puede ser solicitar por el juzgado para obtener una tercera opinión no subjetiva sobre los hechos, en caso de que haya discordancia entre las dos partes.
Zonas de sensibilidad
La clasificación de las zonas de sensibilidad se cataloga según el siguiente listado:
ZONA DE SENSIBILIDAD ACÚSTICA ALTA (A)
A1. Espacios de interés natural y otros
A1.1. Parque de protección acústica especial
A1.2. Parques, jardines y playas
A2. Predominio de suelo sanitario, docente y cultural
A4. Predominio de suelo residencial
ZONA DE SENSIBILIDAD ACÚSTICA MODERADA (B)
B1. Coexistencia de suelo residencial con actividades y/o infraestructuras de transporte exigentes
B2. Predominio del suelo de uso terciario diferente de C1
B3. Áreas urbanizables existentes afectadas por suelo industrial
ZONA DE SENSIBILIDAD ACÚSTICA BAJA (C)
C1. Recreativos y espectáculos
C2. Predominio de suelo industrial
C3. Áreas del territorio afectadas por sistemas generales de infraestructuras de transporte u otros equipamientos públicos
Grupos
Grupo I (entre 95-105dB(A))
– Discotecas
– Salas de baile
– Salas de fiesta con espectáculo
– Cafés teatro y cafés concierto
– Karaokes
– Locales para ensayos musicales
– Estudios de grabación
– Teatros
– Cines
– Auditorios
– Talleres de reparación de chapa
– Centros docentes de música, teatro y danza
– Establecimientos con actuaciones en vivo
– Talleres de aluminio
Grupo II (entre 90 y 94dB (A))
– Bares musicales
– Juegos de azar y deportivos
– Talleres de reparación de motos y coches
– Talleres de carpintería, ebanistería y similares
– Túneles de lavado de coches
– Obradores industriales
Grupo III (entre 85 y 86dB (A))
– Actividades de restauración con equipo de reproducción sonora con equipo superior a 78dBA
– Panaderías y pastelerías
– Imprentas, copistería y similares
– Talleres de confección y similares
– Lavanderías y tintorerías
– Talleres de encuadernación
– Tiendas de exposición y venta de animales
– Albergue y reproducción de animales
– Garajes y aparcamientos
– Establecimientos alimentarios en régimen de autoservicio
– Gimnasios
– Atracciones recreativas
Grupo IV – (inferior a 84dB (A))
– Actividades de restauración sin equipo acústico o inferior a 78 dBA
– Local de prácticas psicofísicas no deportivas
– Comercios alimentarios especialistas y polivalentes
– Comercios no alimentarios
– Especialistas alimentarios con degustación
– Almacenes
– Consultorios médicos
– Oficinas, despachos o servicios administrativos
– Residencias, casales y similares
– Panaderías y pastelerías sin obrador
– Actividades culturales y sociales
– Ludotecas
– Locutorios
– Otros centros docentes
– Otros talleres
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